PRINCIPALES NOVEDADES SOBRE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA QUE DEBES TENER EN CUENTA PARA ESTE AÑO 2021
- CPC. Juan José Alarcón Sandoval
- 18 ene 2021
- 3 Min. de lectura
Este año 2021 trae consigo diversas obligaciones y novedades tributarias. El día de hoy nos centraremos en el tema de Facturación Electrónica, respondiendo algunas interrogantes que todo contador y contribuyente se está realizando en estos momentos.
Empecemos:
Soy un emisor electrónico desde el SEE - CONTRIBUYENTE, ¿Estoy obligado a utilizar el SEE - OSE este año 2021?

En primer lugar debemos tener en cuenta que si no nos hemos acogido voluntariamente al uso del OSE, entonces debemos analizar lo siguiente:
¿Soy un emisor electrónico que al 31 de diciembre del 2019 tenía la calidad de principal contribuyente y mis ingresos anuales en el año 2018 fueron iguales o mayores a 300 UIT (1, 245,000)?
Si la respuesta es sí, entonces estas obligado a utilizar el SEE - OSE y/o SEE - SOL a partir del 01/01/2022. Por lo tanto no existe obligación para el uso del SEE - OSE en este año, salvo que te hayas acogido de manera voluntaria.
BASE LEGAL: RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000221-2020/SUNAT Artículo 2. Postergación de la fecha a partir de la cual debe utilizarse el SEE - OSE y/o el SEE – SOL por los sujetos comprendidos en el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N°105-2020/SUNAT Modifícase el inciso b) del párrafo 2.1 del artículo 2 la Resolución de Superintendencia N. º 105-2020/SUNAT, en los siguientes términos:
“Artículo 2. Postergación de la fecha a partir de la cual debe utilizarse el SEE - OSE y/o el SEE – SOL 2.1 (...)
a) (...)
b) Están obligados a utilizar el SEE - OSE y/o el SEE - SOL a partir del 1 de enero de 2022.”
¿Qué cambios se vienen respecto a la emisión de Recibos por Honorarios?

A partir del 01/04/2021, se vienen diversos cambios, a continuación te los mencionamos:
Se deberá indicar la forma de pago: contado o crédito, según corresponda.
Respecto a la forma de pago: Al Crédito, se debe indicar el monto de los honorarios pendiente de pago y la(s) fecha(s) de vencimiento del pago único o de las cuotas y los montos correspondientes a cada cuota."
Para que proceda la reversión del Recibo por Honorarios, no deberán existir pagos ni haberse emitido notas de crédito respecto del recibo por honorarios electrónico a revertir.
Se podrá emitir Nota de Crédito Electrónica respecto del RH para modificar los montos pendientes de pago estipuladas en el mismo, esto se podrá realizar como máximo hasta el décimo (10) día hábil del mes siguiente de emitido el recibo por honorarios electrónico objeto de corrección.
BASE LEGAL: RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000193-2020/SUNAT

¿Es cierto que el plazo para remitir a la SUNAT un ejemplar de la factura, la nota de crédito vinculada a aquella y la liquidación de compra electrónica emitida desde el SEE - CONTRIBUYENTE ha disminuido a 1 día?

Así es, el plazo ha disminuido para este 2021, pero tranquilos, esta medida entra en vigencia a partir del 01/04/2021. ¡Así que prepárate!
BASE LEGAL: RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000193-2020/SUNAT
El 05/10/2020 deje de pertenecer al Nuevo Rus, pasando al Régimen Especial. ¿Estoy obligado a emitir comprobantes electrónicos?
Estimados contribuyentes, si dejaron de pertenecer al Nuevo Rus en el año 2020, para realizar operaciones por las que corresponde emitir factura, Su designación para la emisión de facturas electrónicas y notas electrónicas vinculadas a estas opera a partir del 1 de setiembre de 2021.
BASE LEGAL: RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000193-2020/SUNAT

Obtenida la calidad de emisor electrónico por elección de la GRE - remitente ¿obliga al emisor a que todas las guías de remisión que emita sean electrónicas?
La obtención de la calidad de emisor electrónico por elección de la GRE -remitente no obliga al emisor electrónico a emitir las guías de remisión remitente solamente de manera electrónica, sino que también pueden emitir concurrentemente guías de remisión en formato físico o importado por imprenta autorizada.
BASE LEGAL: INFORME N.° 099-2020-SUNAT/7T0000
Esperamos que nuestro informe haya aclarado sus dudas, además de proceder a informarlos de una manera clara y entendible.
Como vemos se vienen cambios en el mundo electrónico, para lo cual próximamente te daremos las recomendaciones necesarias para que no te encuentres en problemas.
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